En el camino hacia obtener la residencia americana para un familiar a través del consulado, hay una etapa muy importante que llamamos Etapa Financiera. Aquí debemos demostrar al gobierno de Estados Unidos que la persona que desea la residencia no se convertirá en una carga pública para la sociedad. Esto significa que el solicitante podrá apoyar económicamente al beneficiario.
El solicitante, que puede ser ciudadano americano o residente legal permanente, también actuará como Patrocinador en esta etapa. Pero, ¿Qué significa ser un Patrocinador?
El Patrocinador es alguien que se compromete a apoyar financieramente al beneficiario mientras esté en los Estados Unidos, en caso de que su ingreso sea menor a cierta cantidad. Debe tener estabilidad económica y brindar ayuda económica cuando sea necesario. Para este 2024, el ingreso mínimo anual requerido para ser Patrocinador es de $24,650 dólares. Pero, ¿Qué sucede si el Patrocinador no cumple con este requisito financiero?
El Patrocinador Conjunto puede ser un ciudadano americano o residente legal permanente que sea familiar o amigo del beneficiario o del Patrocinador principal. Su función es ayudar en el trámite de residencia cuando el Patrocinador principal no cumple con el requisito financiero mínimo. Es importante mencionar que los ingresos de ambos Patrocinadores no se pueden combinar para cumplir con el requisito financiero, cada uno debe cumplir individualmente.
La figura del Patrocinador Conjunto es como una garantía para el gobierno de Estados Unidos. Si el Patrocinador principal no puede cumplir con sus obligaciones financieras, el Patrocinador Conjunto lo podrá hacer. Sin embargo, solo se permiten hasta dos Patrocinadores Conjuntos por trámite de residencia.
Los documentos que deben presentar el Patrocinador y/o Patrocinadores Conjuntos son aquellos que demuestren su estabilidad económica y compromiso de apoyar financieramente al beneficiario. Algunos de estos documentos son la declaración de impuestos del último año, W2s, 1099 (si aplica) y una Declaración Jurada de Patrocinio Económico, entre otros.
El requisito económico para ser Patrocinador es demostrar un ingreso que sea igual o superior al 125% del nivel de pobreza establecido por el gobierno de Estados Unidos. Si el Patrocinador está en servicio activo en las Fuerzas Armadas, el ingreso debe ser igual al 100% del nivel de pobreza estipulado.
Cada año, el gobierno de Estados Unidos actualiza estos niveles de pobreza para determinar el requisito económico requerido.
Número de Personas en el Hogar | 100% del Nivel de Pobreza | 125% del Nivel de Pobreza |
Para patrocinadores en servicio activo en las Fuerzas Armadas | Para todos los demás patrocinadores | |
2 | $19,720 | $24,650 |
3 | $24,860 | $31,075 |
4 | $30,000 | $37,500 |
5 | $35,140 | $43,925 |
6 | $40,280 | $50,350 |
7 | $45,420 | $56,775 |
8 | $50,560 | $63,200 |
Agregar $5,140 para cada persona adicional | Agregar $6,425 para cada persona adicional |
Para usar esta tabla, los requisitos económicos de un Patrocinador varían según el número de personas en el hogar. Pueden ser el Patrocinador, su cónyuge, hijos dependientes menores de 21 años, algún dependiente registrado en sus impuestos, un inmigrante antes patrocinado, el beneficiario si no es su cónyuge y los beneficiarios derivados del beneficiario principal.
En resumen, es crucial que el o los Patrocinadores cumplan con el requisito de ingreso mínimo anual para poder continuar con el trámite de residencia para el beneficiario. Si no se cumple este requisito, no se podrá avanzar en el procedimiento. Antes de iniciar su proceso migratorio, siempre recomendamos buscar la asesoría de un despacho migratorio que pueda ayudar en su situación particular o aclarar cualquier duda que pueda surgir. Si deseas una asesoría sobre tu caso, puedes agendar una cita con WR Migración aquí.
Esta información y material fue preparada por el despacho y su intención es ser informativo. El despacho WR Migración no garantiza la exactitud de esta información ya que la información de esta página pudo haber sido publicada antes de la modificación a alguna ley o regla migratoria y podría no reflejar la información legal actual. Los tiempos de los trámites mencionados dependen enteramente del gobierno de Estados Unidos.
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